Marco Legal

Marco Legal

En esta sección encontrará todos los  documentos legales que rigen a la Comisión Hípica Nacional y sus operaciones sobre el Hipódromo V Centenario. Puede descargarlos haciendo clic en el enlace de su interés.

 

Reglamento Hípico

LEONEL FERNÁNDEZ Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 352-99

CONSIDERANDO: Que desde hace más de cinco décadas el deporte hípico ha sido uno de l0s entretenimientos favoritos del pueblo dominicano, lo que se ha reafirmado a partir del mes de abril de año 1995, fecha en la cual se inauguró y puso en operación el HIPÓDROMO V CENTENARIO, en el Sector Los Frailes de la ciudad de Santo Domingo.

CONSIDERANDO: Que en fecha 7 de septiembre del año 1994, el Poder Ejecutivo dicto el Reglamento No.250-94 (Reglamento Hípico), para dotar a la actividad hípica de un instrumento legal moderno, eficaz y acorde con la corriente del hipismo en países donde esta actividad ha alcanzado mayor desarrollo que en el nuestro.

CONSIDERANDO: Que aunque el Reglamento No.250-94 (Reglamento Hípico) ha resultado eficaz, no obstante en el curso de l0s tres años en que este ha regido el hipismo, la Comisión Hípica Nacional, como autoridad encargada de su aplicación, se ha percatado de que existen en el disposiciones que no están acordes con la realidad de nuestro medio.

CONSIDERANDO: Que en el curso de estos tres años se han incorporado al hipismo diferentes modalidades de jugadas y otras actividades que deben estar reguladas por disposiciones específicas incluidas en el presente Reglamento.

CONSIDERANDO: Que la Comisión Hípica Nacional, luego de haber solicitado, recibido y analizado las sugerencias de l0s distintos entes que intervienen en el deporte hípico, para mejorar el Reglamento Hípico vigente, ha remitido al Poder Ejecutivo un Proyecto de Reglamento que persigue modificar y actualizar el Reglamento Hípico No.250-94.

Descargue el Reglamento Hípico completo en este enlace:

Reglamento-Hipico-No.-352-99-1

 

Decreto que designa el nombre del Hipódromo V Centenario

JOAQUÍN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 26-92

CONSIDERANDO: Que el nuevo Hipódromo que construye el Gobierno debe ser de utilidad social y sano entretenimiento para la sociedad dominicana y l0s visitantes extranjeros, así como soporte de la crianza nacional de caballos de pura sangre;

CONSIDERANDO: Que para cumplir con esa finalidad es necesario formar la infraestructura administrativa, técnica, legal y de servicios sobre la cual desarrollara sus actividades el mencionado Hipódromo;

CONSIDERANDO: Que para alcanzar tales objetivos conviene la creación de un Patronato no lucrativo que vaya creando las reglamentaciones más estrictas y modernas dentro de la cual se enmarcara la operación del nuevo Hipódromo, como podrían ser: la modernización del Reglamento Hípico, de acuerdo con las normas internacionales; la protección de la crianza nativa; creación de las escuelas de jinetes y entrenadores; la preparación del pliego de condiciones para convocar por licitación pública internacional a firmas operadoras de solvencia moral, técnica y económica; planificar las actividades mencionadas a fin de que coincidan con la terminación de la obra.

Descargue el Decreto completo en este enlace:

  Dec.-No.-26-92 Decreto que designa el nombre del Hipódromo V Centenario

 

Decreto que integra la Comisión Hípica Nacional

DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 176-13

CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No. 580-10 , del 16 de octubre del 2010, el Poder Ejecutivo creó el Consejo de Administración del Hipódromo V Centenario, con facultades plenas para trazar pautas, establecer políticas, adoptar medidas y resoluciones encaminadas a mantener una eficiente administración y óptima operación comercial y deportiva del Hipódromo V Centenario.

CONSIDERANDO: Que las condiciones actuales ameritan que la Comisión Hípica Nacional sea encargada, nueva vez, de asumir la operación y administración del Hipódromo V Centenario;

VISTO: El Reglamento Hípico, No. 352-99, del 12 de agosto de 1999;

VISTO: El Decreto No. 580-10, del 16 de octubre del 2010, que creó el Consejo de Administración del Hipódromo V Centenario;

VISTO: El Decreto No. 590, del 23 de octubre del 2010, que integra el Consejo de Administración del Hipódromo V Centenario;

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

Descargue el Decreto completo en este enlace:

 Dec.-No.-176-13 DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO

 

Decreto que designa el nuevo administrador del Hipódromo V Centenario.

DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana NÚMERO: 236-15

El decreto 236-15 designa nuevos directores en la OISOE, el INAPA y el IDECOOP.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

Descargue el Decreto completo en este enlace:

Decreto que designa el nuevo administrador del Hipódromo V Centenario.